Lo más importante
- Cobras el 70% de tu base reguladora los primeros 180 días y el 50% el resto.
- La duración máxima es de 2 años (si cotizaste 6 o más años en los últimos 6).
- El mínimo en 2025 es 480 €/mes sin hijos y 642 €/mes con hijos.
- El máximo es 1.050 €/mes sin hijos, 1.200 €/mes con 1 hijo y 1.350 €/mes con 2 o más.
- Solo se cobra si el cese es involuntario (despido, fin de contrato, ERE…).
¿Qué es la prestación contributiva por desempleo?
La prestación contributiva por desempleo, conocida popularmente como "el paro", es una prestación económica que gestiona el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) para cubrir la pérdida de ingresos cuando un trabajador se queda sin empleo de forma involuntaria.
Se llama "contributiva" porque su importe y duración dependen directamente de lo que hayas cotizado a la Seguridad Social durante tu vida laboral. Cuanto más hayas cotizado, más cobrarás y durante más tiempo.
Es diferente del subsidio por desempleo, que es la ayuda que se cobra cuando se agota esta prestación o cuando no se tiene derecho a ella.
¿Quién tiene derecho a cobrar el paro?
Para tener derecho a la prestación contributiva debes cumplir todos estos requisitos:
- Haber cotizado al menos 360 días (1 año) en los últimos 6 años.
- Estar en situación legal de desempleo: despido (procedente o improcedente), fin de contrato temporal, ERE o ERTE, despido por causas objetivas, o extinción por voluntad del trabajador en casos justificados (impago de salario, modificación sustancial de condiciones de trabajo, etc.).
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
- No haber alcanzado la edad de jubilación.
- No estar trabajando a tiempo completo.
¿Cuánto se cobra de paro en 2025?
El importe de la prestación se calcula en dos pasos: primero se determina la base reguladora y luego se aplican los porcentajes legales.
Paso 1: Calcula tu base reguladora
La base reguladora es la media de tus bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados, dividida entre 180.
En términos simples: coge tus últimas 6 nóminas, suma lo que cotizaste cada mes y divídelo entre 6. Ese es aproximadamente tu base reguladora mensual.
Paso 2: Aplica los porcentajes
| Período | Porcentaje sobre base reguladora |
|---|---|
| Primeros 180 días (6 meses) | 70% |
| A partir del día 181 | 50% |
Importes máximos y mínimos en 2025
Independientemente de tu base reguladora, el SEPE aplica unos topes mínimos y máximos:
| Situación familiar | Mínimo mensual | Máximo mensual |
|---|---|---|
| Sin hijos a cargo | 480 € | 1.050 € |
| Con 1 hijo a cargo | 642 € | 1.200 € |
| Con 2 o más hijos | 642 € | 1.350 € |
¿Cuánto tiempo dura el paro? Tabla de duración
La duración depende de los días cotizados en los últimos 6 años. Por cada 2 días cotizados, tienes derecho a 1 día de prestación, con un máximo de 720 días (2 años).
| Días cotizados (últimos 6 años) | Duración de la prestación |
|---|---|
| 360 – 539 días | 120 días (4 meses) |
| 540 – 719 días | 180 días (6 meses) |
| 720 – 899 días | 240 días (8 meses) |
| 900 – 1.079 días | 300 días (10 meses) |
| 1.080 – 1.259 días | 360 días (12 meses) |
| 1.260 – 1.439 días | 420 días (14 meses) |
| 1.440 – 1.619 días | 480 días (16 meses) |
| 1.620 – 1.799 días | 540 días (18 meses) |
| 1.800 – 1.979 días | 600 días (20 meses) |
| 1.980 – 2.159 días | 660 días (22 meses) |
| 2.160 días o más | 720 días (24 meses) |
Cómo solicitar el paro paso a paso
Solicítalo en los primeros 15 días hábiles
Tienes 15 días hábiles desde el cese laboral para pedirlo. Si lo solicitas después, pierdes los días transcurridos. Si lo pides antes del fin del contrato, empieza a contar desde que terminas.
Reúne la documentación
DNI o NIE, número de cuenta bancaria (IBAN), carta de despido o certificado de empresa indicando la causa del cese, y los datos de tu empresa (nombre, CIF, dirección).
Presenta la solicitud en el SEPE
Puedes hacerlo online en sepe.es (con certificado digital, cl@ve o SMS) o con cita previa en tu oficina del SEPE más cercana. La solicitud online es inmediata y evita esperas.
Renueva la demanda de empleo mensualmente
Mientras cobras el paro, debes renovar tu demanda de empleo cada mes (el SEPE te indica la fecha). No renovarla implica la suspensión automática de la prestación.
¿El paro es compatible con otras ayudas?
La prestación contributiva por desempleo es compatible con:
- Trabajo a tiempo parcial: la prestación se reduce en la proporción correspondiente a las horas trabajadas.
- Ayudas de emergencia municipal: no afectan a la prestación.
- Beca de formación: siempre que no superen el 75% del SMI.
La prestación es incompatible con:
- Trabajo por cuenta ajena a tiempo completo.
- Actividad por cuenta propia (autónomo), salvo excepciones.
- Pensión de jubilación.
- El Ingreso Mínimo Vital (IMV) — no pueden cobrarse simultáneamente como prestaciones principales.
¿El paro tributa en la declaración de la renta?
Sí. La prestación por desempleo tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF. El SEPE practica retenciones durante el año, pero hay situaciones en que puede salirte a pagar:
- Si has tenido dos pagadores durante el año (empresa y SEPE) y la suma supera 15.000 €, estás obligado a declarar.
- Si el SEPE ha retenido menos de lo que corresponde a tu tramo del IRPF, tendrás que pagar la diferencia en la declaración.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si encuentro trabajo mientras cobro el paro?
Si el trabajo es a tiempo completo, el paro se suspende. Cuando vuelvas a quedarte en paro, puedes reanudar la prestación por el tiempo que te quedaba. Si el trabajo es a tiempo parcial, cobras el paro reducido proporcionalmente. En ambos casos debes comunicarlo al SEPE en los 3 días hábiles siguientes a incorporarte.
¿Puedo cobrar el paro si soy autónomo?
Los autónomos tienen su propio sistema: la "prestación por cese de actividad", que es equivalente al paro para trabajadores por cuenta ajena. Para acceder a ella hay que haber cotizado al menos 12 meses continuados, acreditar el cese involuntario de la actividad por causas económicas u otras justificadas, y solicitarla en el SEPE en los 15 días hábiles siguientes al cese.
¿Qué ocurre cuando se acaba el paro?
Cuando se agota la prestación contributiva puedes acceder al subsidio por desempleo (480 €/mes), siempre que cumplas los requisitos de ingresos. Si tienes más de 52 años, puedes optar al subsidio especial para mayores de 52 que se extiende hasta la jubilación. También puedes solicitar el IMV si tu situación económica lo justifica.
¿Se puede cobrar el paro si el despido fue improcedente?
Sí. Un despido improcedente da derecho a la prestación exactamente igual que uno procedente. La diferencia es que en el improcedente la empresa debe indemnizarte con 33 días por año trabajado (45 días para contratos anteriores a 2012). Esa indemnización no afecta al paro ni reduce su importe.
¿Cuándo me llega el primer pago del paro?
El SEPE suele resolver y realizar el primer pago en un plazo de 10 a 15 días hábiles desde que presentas la solicitud correctamente. Los pagos son mensuales, a mes vencido. El primer mes puede retrasarse algo más si falta documentación.
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